Esta publicación contiene extractos de mi libro Exportar es Fácil… Si sabes Cómo. Si te interesa el Sistema de Preferencias Generalizadas (SPG), puedes conseguirlo aquí. Para conseguirlo en formato PDF, haz click aquí.

Comercio Internacional con la Unión Europea

A la hora de exportar o importar desde fuera de la Unión Europea, debemos saber que existen acuerdos preferenciales de comercio con algunos países. Es interesante conocer si el país con el que comerciamos está sujeto a alguno de ellos, o incluso si aún no tenemos un destino fijado, puede ayudar a decidirnos por unos u otros. Veamos cuales son los acuerdos actuales más importantes:

Sistema de Preferencias Generalizadas (SPG)

El Sistema de Preferencias Generalizadas (SPG) es un acuerdo comercial autónomo a través del cual la UE proporciona un acceso preferencial no recíproco al mercado comunitario de productos originarios en países y territorios en desarrollo a través de la exoneración total o parcial de los derechos arancelarios. En ocasiones pueden fijarse límites cuantitativos a éstos. Para poder aplicar este arancel rebajado, el exportador ha de obtener el Form A en el país de origen. También se ha de respetar la regla del transporte directo de la mercancía, es decir, que la mercancía haya sido transportada directamente del país beneficiado por el SPG al territorio aduanero común sin que haya pasado por terceros países. Y en el caso de que haya pasado, que esté debidamente justificado y siempre bajo control de las autoridades aduaneras del país de tránsito (o depósito). Los países pertenecientes al SPG desde enero de 2014 son:

¿Quieres profundizar en comercio internacional? Conoce mis libros

Afganistán, Armenia, Angola, Bangladesh, Burkina Faso, Burundi, Benín, Bolivia, Bután, República Democrática del Congo, República Centroafricana, Congo, Islas Cook, China, Colombia, Costa Rica, Cabo Verde, Yibuti, Ecuador, Eritrea, Etiopía, Micronesia, Georgia, Gambia, Guinea, Guinea Ecuatorial, Guatemala, Guinea-Bissau, Honduras, Haití, Indonesia, India, Iraq, Kirguistán, Camboya, Kiribati, Comoras, Laos, Sri Lanka, Liberia, Lesoto, Madagascar, Islas Marshall, Mali, Myanmar, Mongolia, Mauritania, Maldivas, Malawi, Mozambique, Níger, Nigeria, Nicaragua, Nepal, Nauru, Niue, Panamá, Perú, Filipinas, Pakistán, Paraguay, Ruanda, Islas Salomón, Sudán, Sierra Leona, Senegal, Somalia, Santo tomé y Príncipe, El Salvador, Siria, Chad, Togo, Tailandia, Tayikistán, Timor Oriental, Turkmenistán, Tonga, Tuvalu, Tanzania, Ucrania, Uganda, Uzbekistán, Vietnam, Vanuatu, Samoa, Yemen y Zambia.

Acuerdos Preferenciales, o de Cooperación al Desarrollo

Son acuerdos bilaterales recíprocos de reducciones arancelarias (países balcánicos, territorios de ultramar), libre comercio (supresión arancelaria, conformándolo, en 2014: Albania, Argelia, Bosnia y Herzegovina, Chile, Colombia, Egipto, Jordania, Líbano, Macedonia, México, Marruecos, Perú, Serbia, Sudáfrica, Túnez, Palestina) o unión aduanera (Turquía, Andorra, San Marino). El certificado necesario para obtener el arancel preferencial es el EUR-1, expedido por la Unión Europea. En el caso de Turquía, es el ATR-1 salvo para productos agrícolas y siderúrgicos, que se mantiene el EUR-1.

Tercer País

El resto de países no nombrados aquí serán considerados como «Tercer País» y soportarán el arancel común, no reducido.